jueves, 20 de abril de 2017

COMITÉ COMUNITARIO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES DEL C.C. "RESIDENCIAS CONCORD PLAZA"


Compilado por: Lic. Lyonel Max Courtois




Es el comité que ejerce la vigilancia social dentro del Consejo Comunal para que se cumplan los derechos y deberes que tienen las personas con discapacidad y los Adultos Mayores, estableciendo programas y proyectos que atiendan de manera integral y que garanticen a las personas con discapacidad y Adultos Mayores la inclusión y equiparación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad, a su vez promueve las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas para estas personas y estableciendo de manera coordinada con otros comités del Consejo Comunal los planes, metas, y actividades relacionados con los asuntos sociales que conlleven a mejorar la calidad de vida  de estas personas  y sus familias



FUNCIONES  DEL COMITÉ DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES

Ø  Realizar un censo integral de  personas con discapacidad y Adultos Mayores de la comunidad y sus condiciones de vida, apoyado en el trabajo de otros comités de trabajos u  organizaciones comunitarias (comités de salud, comité de protección e igualdad social, comités de alimentación, comité de educación, comité de economía popular).
Ø  Gestionar y realizar seguimiento a  la elaboración de proyectos, metas y actividades que atiendan las necesidades sectoriales de las personas con discapacidad y de los Adultos Mayores.
Ø  Garantizar a las personas con  discapacidad y a los Adultos mayores la inclusión y equidad de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad.
Ø  Garantizar la participación de las personas con discapacidad y Adultos Mayores en las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas dentro de la  comunidad.
Ø  Establecer una capacitación productiva para las personas con discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø  Gestionar antes los entes del Estado todo lo que tiene que ver la atención integral de las personas con discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø  Cooperar con la aplicación de medidas que protegen a las personas con discapacidad  a los Adultos Mayores.
Ø  Coordinar con el comité de economía  comunal la generación de empleo comunal para personas con discapacidad y Adultos Mayores.
Ø  La promoción de foros o charlas informativas y educativas inherentes al tema de las personas con discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø  Promover la incorporación de personas adultas mayores y/o con discapacidad como instructores o facilitadores, en programas dirigidos a la alfabetización, capacitación laboral, difusión de la cultura, entre otras.

MARCO LEGAL:

Ø  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999. Art: 80, 81, 86, 87.
Ø  Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019. Objetivo Histórico V. Objetivos nacionales 5.1. y 5.3. Objetivos Estratégicos: 5.1.4, 5.1.5,  5.1.6. y 5.3.2.
Ø  Ley para Personas con Discapacidad (LPCD). 2006.
Ø  Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y la Atención Integral al Adulto Mayor (LOSSS). 2002.
Ø  Ley de Servicios Sociales. 2005.

ENLACES INSTITUCIONALES:
Defensoría del Pueblo.
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS).
Programa de Atención en Salud Para Las Personas Con Discapacidad PASDIS
Misión José Gregorio Hernández
Misión Amor Mayor.
Misión Milagro
Alcaldías.
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
Instituto Nacional de los servicios Sociales (INASS).
Comisiones permanente de las diferentes Cámaras Municipales.


Fuente Documental:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.

Dirección General de Programas Formativos del Viceministerio de Sistemas de Formación Comunal y Movimientos Sociales. Comités de Trabajo de los Consejos Comunales. 2011.

Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019.

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