Compilado por: Lic. Lyonel Max Courtois
Es el comité
que ejerce la vigilancia social dentro del Consejo Comunal para que se cumplan
los derechos y deberes que tienen las personas con discapacidad y los Adultos
Mayores, estableciendo programas y proyectos que atiendan de manera integral y
que garanticen a las personas con discapacidad y Adultos Mayores la inclusión y
equiparación de oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad, a
su vez promueve las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas
para estas personas y estableciendo de manera coordinada con otros comités del
Consejo Comunal los planes, metas, y actividades relacionados con los asuntos
sociales que conlleven a mejorar la calidad de vida de estas personas y sus familias
FUNCIONES
DEL COMITÉ DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES
Ø
Realizar un censo integral de
personas con discapacidad y Adultos Mayores de la comunidad y sus
condiciones de vida, apoyado en el trabajo de otros comités de trabajos u organizaciones comunitarias (comités de
salud, comité de protección e igualdad social, comités de alimentación, comité
de educación, comité de economía popular).
Ø
Gestionar y realizar seguimiento a la elaboración de proyectos, metas y
actividades que atiendan las necesidades sectoriales de las personas con
discapacidad y de los Adultos Mayores.
Ø
Garantizar a las personas con
discapacidad y a los Adultos mayores la inclusión y equidad de
oportunidades en relación a otros miembros de la comunidad.
Ø
Garantizar la participación de las personas con discapacidad y Adultos
Mayores en las diferentes actividades culturales, deportivas y recreativas
dentro de la comunidad.
Ø
Establecer una capacitación productiva para las personas con
discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø
Gestionar antes los entes del Estado todo lo que tiene que ver
la atención integral de las personas con discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø
Cooperar con la aplicación de medidas que protegen a las
personas con discapacidad a los Adultos
Mayores.
Ø
Coordinar con el comité de economía comunal la generación de empleo comunal para
personas con discapacidad y Adultos Mayores.
Ø
La promoción de foros o charlas informativas y educativas
inherentes al tema de las personas con discapacidad y los Adultos Mayores.
Ø
Promover la incorporación de personas adultas mayores y/o con
discapacidad como instructores o facilitadores, en programas dirigidos a la
alfabetización, capacitación laboral, difusión de la cultura, entre otras.
MARCO LEGAL:
Ø
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999. Art:
80, 81, 86, 87.
Ø
Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo
Económico y Social de la Nación 2013 – 2019. Objetivo Histórico V. Objetivos
nacionales 5.1. y 5.3. Objetivos Estratégicos: 5.1.4, 5.1.5, 5.1.6. y 5.3.2.
Ø
Ley para Personas con Discapacidad (LPCD). 2006.
Ø
Ley Orgánica
del Sistema de Seguridad Social y la Atención Integral al Adulto Mayor (LOSSS).
2002.
Ø
Ley de
Servicios Sociales. 2005.
ENLACES INSTITUCIONALES:
Defensoría del
Pueblo.
Ministerio del
Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Consejo
Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS).
Programa de
Atención en Salud Para Las Personas Con Discapacidad PASDIS
Misión José
Gregorio Hernández
Misión Amor
Mayor.
Misión Milagro
Alcaldías.
Instituto Venezolano
de los Seguros Sociales (IVSS).
Instituto
Nacional de los servicios Sociales (INASS).
Comisiones
permanente de las diferentes Cámaras Municipales.
Fuente Documental:
Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.
Dirección
General de Programas Formativos del Viceministerio de Sistemas de Formación
Comunal y Movimientos Sociales. Comités de Trabajo de los Consejos Comunales.
2011.
Ley del Plan
de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la
Nación 2013 – 2019.
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