Compilado por: Lic. Lyonel Max Courtois.
Es el comité que impulsa el derecho a la educación
integral, de calidad permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades,
sin limitaciones. Deben desarrollar proyectos que conlleven al fortalecimiento, impulso y promoción de la
cultura popular socialista las cuales constituyen el incentivo y estímulo para las personas, instituciones y
comunidades.
FUNCIONES
Ø El vocero del área será el encargado de
divulgar el conocimiento de Ley Orgánica de Educación y fomentar su estudio y
discusión, así como garantizar a nivel de la comunidad, la educación y la
cultura integral de calidad, en los diferentes niveles, etapas y modalidades
del sistema educativo- cultural y poder elevar la calidad en la educación de
los ciudadanos y ciudadanas.
Ø Realizar el diagnóstico de la comunidad y la
evaluación de las necesidades de formación integral.
Ø Coordinar y ejecutar mecanismos para la
inserción de la población en los diferentes niveles de la educación,
facilitando y asesorando a la población que conforma la comunidad en el proceso
de requisitos para la inscripción en el sistema educativo.
Ø Realizar propuestas y proyectos de
mantenimiento, mejoramiento, ampliación y dotación de planteles y ambientes
educativos.
Ø Promocionar eventos culturales, revivir la
historia de la zona, leyendas, cuentos, fábulas y divulgar material educativo.
Ø Asegurar el acceso pleno a la cultura, fiestas
tradicionales, música, danza, teatro, títeres, artes plásticas, artesanía,
literatura tradicional y contemporánea, narración oral escénica, cines y
teatros, a través de los mecanismos, tales como: cines, debates, talleres
literarios, entre otros.
Ø Fomentar la cultura popular y la formación
ciudadana, promoviendo charlas informativas, cine foro, mesas de lluvias de
ideas, en las instituciones de educación.
MARCO LEGAL:
- CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CRBV). 1999. Arts.: 98, 99, 100, 101, 102, 103, 106, 107, 108.
- LEY DEL PLAN DE LA PATRIA. SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013 – 2019. Objs. Estratégicos: 1.6.1., 2.2.3., 2.2.7., 2.2.12., 2.4.1., 4.2.1., 5.1.2., 5.3.1.
- LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (2009). Arts.: 3, 4, 14, 15, 17, 18, 19, 20.
- LEY ORGÁNICA DE LA CULTURA (2014).
ENLACES INSTITUCIONALES:
Ministerio del Poder
Popular para la Educación
Ministerio del Poder
Popular para la Educación Universitaria
Instituto Nacional
de Capacitación Educativa Socialista (INCES)
Ministerio del Poder
Popular para la Cultura
Consejo Nacional de
la Cultura (CONAC)
Casa de la Cultura.
Grupo de Artesanos.
Grupos de Teatro.
Cines y Medios
Audiovisuales.
Emisoras
comunitarias.
Canales
comunitarios.
Fuente Documental:
Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.
Dirección
General de Programas Formativos del Viceministerio de Sistemas de Formación
Comunal y Movimientos Sociales. Comités de Trabajo de los Consejos Comunales.
2011.
Ley del Plan
de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la
Nación 2013 – 2019.
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