sábado, 8 de abril de 2017

COMITÉ DE TIERRA URBANA, VIVIENDA Y HÁBITAT C.C. "RESIDENCIAS CONCORD PLAZA"




Compilado por: Lic. Lyonel Max Courtois


Es el comité que tiene la responsabilidad de orientar los trámites para la regularización y legalización de la Tierra Urbana y dar impulso al  Plan de  Transformación Integral del Hábitat y el Ambiente de la comunidad, constituye la base fundamental de los planes y programas, para el rescate de los espacios públicos.

El Comité de Tierra Urbana, Vivienda y Hábitat del Consejo Comunal “Residencias Concord Plaza” está orientado al logro de un DESARROLLO SOSTENIBLE del uso y disfrute de los terrenos, las viviendas y el entorno que conforma el Hábitat de la comunidad, en este sentido se fundamenta principalmente en dos fuentes o marcos de Acción:


Ø  El Urbanismo Ecológico:
Desde la fase de diseño de la geometría urbana se debe adaptar y considerar las condiciones naturales del lugar, puesto que se trata de aprovechar al máximo lo que la naturaleza ofrece, sea sol, lluvia, una capa de agua subterránea o la condición de un substrato rocoso. El urbanismo se obliga a respetar las peculiaridades geográficas del territorio con el fin de preservar los valores naturales existentes, y la capacidad de carga del territorio. Igualmente desde el punto de vista del metabolismo urbano nos orientamos a la autosuficiencia del agua.

Ø  La Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor:
En esta Gran Misión nos basamos primordialmente en dos aspectos:
1.     La Estructuración de la Dimensión Físico Territorial:
1.1. Mitigación de Riesgos: Estudio de riesgos, desalojo de sectores o zonas en riesgo, sustitución de canalizaciones de aguas servidas y potable, estabilizaciones de terreno.
1.2. Infraestructura: Drenajes, servicios (agua, electricidad, gas, telefonía), vialidad, accesibilidad, sistemas de transporte.
1.3. Espacios públicos: Plazas locales y comunales, veredas, rehabilitación y creación de espacios de encuentro y recreación, parques.
1.4. Equipamientos Comunales: Casa comunal, Polideportivo, Infocentro, Abastos/Mercal, Barrio Adentro, Instituciones Educativas, entre otros.
1.5. Vivienda Popular: Reubicación, Rehabilitación, Remodelación.



2.     La Planificación Participativa y Protagónica (Planificación Territorial):
 La planificación participativa y protagónica, garantiza que la construcción y reconstrucción o modificaciones en la comunidad se realicen desde criterios propios, identificados por sus habitantes y que satisfagan las necesidades priorizadas por las comunidades, convirtiendo así el territorio comunal en espacios para la vida, el disfrute, el encuentro y la realización de una ciudad integral y sustentable.
2.1. Realizar diagnósticos comunales y concentrar la información de que dispone el Poder Popular.
2.2. Realizar estudios técnicos especializados (geológicos, hidráulicos, de suelo, de riesgo, socioeconómicos, entre  otros) y se integran para elaborar el Diagnóstico Integral Comunal.
2.3. La Mesa de Planificación y la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos formulan el Plan de Inversión y el Plan Maestro Comunal, garantizando la toma de decisiones por parte de la comunidad, fortaleciendo la democracia protagónica y el ejercicio del Poder Comunal en pleno.
2.4. Definir la ejecución de los planes y proyectos de dos instancias: por la contratación pública o por autogestión.





FUNCIONES DEL COMITÉ DE TIERRA URBANA, VIVIENDA Y HÁBITAT:


Ø  Elaborar la carta del barrio: es una descripción del sector que se refiere a 5 aspectos fundamentales, La historia colectiva: ¿cuándo y cómo se fundó? ¿Quiénes fueron los fundadores? ¿cuáles fueron sus logros?.la Identidad Actual: Familias, origen/procedencia, oficios/profesiones, organizaciones, áreas comunes, tradiciones, problemas y necesidades.

Ø  Generar condiciones para el desarrollo del Plan de Transformación  Integral de Hábitat y Ambiente.

Ø  Organizar a la comunidad para gestionar los trámites de la regularización jurídica de la tenencia las  Tierras Urbanas o de las unidades habitacionales o de los terrenos o tierras que componen la poligonal.

Ø  Realizar Banco de Terrenos Ociosos conjuntamente con los Consejos Comunales adyacentes.
Ø  Trazar la Poligonal o Ámbito Geográfico y presentársela  a la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas para que esta sea aprobado.
Ø  Levantar un censo de todo el edificio, con el objetivo de obtener información del número de pobladores, las diferentes unidades habitacionales, de los espacios públicos y privados, las áreas comunes, entre otros, esto incluye realizar estudios y clasificación técnica de las viviendas de acuerdo a su necesidad (Rehabilitación, Sustitución, Transformación del Habitad y el ambiente). Esta información constituye la base para el Diagnostico Participativo en el área catastral, del inmueble y terrenos que permita el desarrollo de proyectos y planes comunitarios de vivienda, social y productiva.
Ø  Participar  en los  procesos de mejora y organización de los vecinos en beneficio del rescate de las áreas comunes dentro de  la comunidad, que conlleve al fortalecimiento del Estado Comunal.
Ø  Proponer al Consejo Comunal las normas de convivencias del uso de las áreas públicas a partir del reconocimiento de la idiosincrasia de cada comunidad.
Ø  Articular con los aliados estratégicos (entre ellos los Comités de Trabajo de otros Consejos Comunales), para generar espacios de discusión permanente orientados a fomentar  la cooperación  en el área de construcción de vivienda, la transformación del hábitat y protección del Ambiente, esto implica:
1.     Sistematización de necesidades,  iniciativas populares y de las experiencias.
2.     Impulso a  la elaboración de proyectos, planes y programas de desarrollo integral comunitario y comunal.
3.     Creación de redes socio productivas y de distribución
4.     Planificación de la logística y apoyo técnico con la participación activa de la comunidad (incluyendo Brigadas Socialistas de Trabajo Voluntario de autoconstrucción).





 
MARCO LEGAL:

Ø  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.Art: 82
Ø  Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019. Objetivo Histórico V. Objetivos nacionales 5.1. y 5.3. Objetivos Estratégicos: 5.1.4, 5.1.5,  5.1.6. y 5.3.2.
Ø  Ley del  Régimen prestacional de vivienda y hábitat. 2012. Arts: 1, 2, 3, 75, 76, 77 y 78.

ENLACES COMITÉ DE  TIERRA URBANA, VIVIENDA Y HÁBITAT:

Ø  Ministerio del Poder Popular Para la Vivienda y Hábitat.
Ø  Cartografía Nacional.
Ø  Fundación Misión Hábitat.
Ø  Alcaldía de Charallave.
Ø  CORPOMIRANDA.

Lic. Lyonel Max Courtois




Fuente Documental:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999.
Dirección General de Programas Formativos del Viceministerio de Sistemas de Formación Comunal y Movimientos Sociales. Comités de Trabajo de los Consejos Comunales. 2011.
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación. Barrio Nuevo Tricolor. 02/11/2013.
Rueda, Salvador. El Urbanismo Ecológico: un nuevo urbanismo para abordar los retos de la sociedad actual.
Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019.






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