Compilado por: Lic. Lyonel Max Courtois
Es un comité
integral que da impulso a la producción social, cuya misión se fundamenta en la
formulación e implementación de formas de Producción Socialista, tiene como
objetivo la creación de la Empresa de Producción Social (EPS) Comunal, y
las redes de producción comunitarias para ejercer las relaciones sociales de
producción, distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes,
desarrolladas por la comunidades bajo forma de propiedad social al servicio de
sus necesidades de manera sustentable y sostenible, de acuerdo con lo
establecido en el Plan de Desarrollo
Económico y Social de la Nación.
El Comité de
Economía y Producción Comunal del Consejo Comunal “Residencias Concord Plaza” se
inspira en la Doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar y se rige por los
siguientes principios y valores: Planificación Estratégica, democracia
Participativa y protagónica, interés colectivo, propiedad social, equidad,
justicia, igualdad social, complementariedad, primacía de los intereses
colectivos, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos,
corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad,
transparencia, honestidad, efectividad (eficiencia y eficacia), universalidad,
responsabilidad, deber social, rendición de cuentas, control social, libre
debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección
ambiental, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y
adolescentes y toda persona en situación de vulnerabilidad y defensa de la
soberanía e independencia nacional.
El Comité de
Economía y Producción Comunal debe fomentar las siguientes formas de
organización productivas:
· Empresa de Propiedad Social (EPS) directa comunal: La gestión y administración de esta empresa es ejercida por la
instancia del Poder Popular que la constituya.
·
Empresa de Propiedad Social (EPS) indirecta comunal: La gestión y administración de esta empresa es ejercida por el
ente u órgano del Poder Público que la constituya, sin que ello impida la
progresiva transferencia de la gestión y administración a las instancias del
Poder Popular constituyéndose en una EPS directa comunal.
·
Unidad Productiva Familiar: Constituida por integrantes de un mismo núcleo familiar.
·
Grupos de intercambio solidario: participan en algunas modalidades de intercambio solidario
(trueque comunitario).
·
La
Gestión de las organizaciones productivas se desarrollan a través de
las cinco fases del Ciclo Comunal: 1. Diagnóstico, 2. Plan, 3 Presupuesto, 4.
Ejecución y 5. Contraloría Social.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN COMUNAL:
- Realizar censo, para calificar la mano de obra de la comunidad, nivel de empleo existente, nivel de economía informal, nivel de negocios de artículo de primera necesidad, forma de producción, proyectos y potencialidades con el objetivo de crear mecanismos viables que ayuden a generar empleos productivos y bajar el índice de desempleo dentro de la misma. En este censo se deben identificar las áreas de producción de bienes y servicios y agruparlas por sectores de la economía: Sector Primario: Toda actividad de extracción y/o explotación considerada como materia prima. Ejemplo: la agricultura, minería, canteras entre otros. Sector Secundario: Toda actividad destinada a la transformación de la materia prima en productos de consumo intermedio o final. Ejemplo: Ropa, medicinas, prendas, alimentos entre otros. Sector Terciario: Toda actividad destinada a la prestación de servicios tales como: Transporte, distribución comercialización de los productos extraídos y manufacturados, finanzas, educación entre otros.
- Promover el desarrollo económico comunal humanista, endógeno y autogestionario fortaleciendo la microempresa, la cogestión y las cooperativas entre otras y en el Marco del Socialismo del Siglo XXI.
- Elaborar Planes, Censos y Estudios para incentivar el intercambio socialista enfocado a: Productos, precios, descuentos, ofertas, promoción, colocación, jornadas de trueque comunitario, Alianzas, Desarrollo de Cadenas, Redes, Mesas, Ferias y servicios de post-venta, entre otros.
- Crear canales socialistas de Distribución Interna y externa.
- Presentar proyectos socio-productivos y socio-comunitarios para ser financiados por los Entes responsables y que sean aprobados en asambleas de ciudadanos y ciudadanas.
- Promover el conocimiento y estudio de la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria.
- Fortalecer la economía social (cooperativas, microempresas, cajas de ahorro, empresas comunitarias).
- Gestionar la implementación de programas para la formación, asistencia técnica y actualización tecnológica de las organizaciones socio-productivas.
- Debe coordinar y articular con otros comités de economía, Consejos Comunales y Comunas para el intercambio de bienes y servicios de producción socialista y experiencias obtenidas.
MARCO LEGAL:
Ø Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. 1999.Arts: 87 al 97
Ø
Ley
del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social
de la Nación 2013 – 2019. Objetivo Histórico II. Objetivos nacionales 2.1., 2.2., 2.3. Objetivos Estratégicos: 2.1.1, 2.1.2,
2.1.3., 2.1.4., 2.1.5., 2.1.6., 2.2.1., 2.3.2.,
2.3.5.
Ø
Ley
Orgánica del Sistema Económico Comunal. 2010.
ENLACES COMITÉ DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN COMUNAL::
Ø
Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Ø
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección
Social. (FONDEMI, MISIÓN CHE GUEVARA, INCES, SUNACOOP)
Ø
Ministerio del Poder Popular para la Industrias Ligeras y
Comercio.
Ø
Fondo de Desarrollo Micro financiero. (FONCREI).
Ø
Ministerio del Poder Popular para LA Agricultura y Tierra.
(CIARA. FONDOENDOGENO).
Ø
Bancos que fomenten los microcréditos o créditos a EPS.
Ø
Alcaldía.
Ø
CORPOMIRANDA.
Ø
Consejo Federal de Gobierno.
Fuente
Documental:
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. 1999.
Dirección General de Programas Formativos del
Viceministerio de Sistemas de Formación Comunal y Movimientos Sociales. Comités
de Trabajo de los Consejos Comunales. 2011.
Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan
Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019.
Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal. 2010.
Lic. Lyonel Max Courtois
Apt.402, Piso 4
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