Compilado por: Lic. Lyonel max Courtois
Es el comité que establece los
mecanismos para atacar la problemática relacionada con el servicio de agua
potable y saneamiento, energía y gas, proporcionando a las comunidades las
herramientas para participar de forma directa en la solución de sus problemas
de relacionados con estos servicios. Debe elaborar un diagnóstico de sus
necesidades y establecer una estrategia, conjuntamente con las instituciones del
Estado, para realizar proyectos y programas que solventen las necesidades básicas comunitarias en
materia de esos servicios, que tengan como objetivo mejorar la calidad de vida,
preservación de los recursos y la protección del ambiente, en concordancia con
la política sanitaria y ambientales establecidas en el marco jurídico que los
regula y acorde con las necesidades y
exigencias del colectivo.
FUNCIONES DEL
COMITÉ DE MESA TÉCNICA DE AGUA, ENERGÍA Y GAS.
Ø
Realizar
un diagnóstico sobre las necesidades de la Comunidad en relación a los servicios
de agua, energía y gas.
Ø
Establecer
mesas de trabajos que lleven a la elaboración de Proyectos Comunitarios para
mejorar los sistemas relacionados con estos servicios.
Ø
Orientar
la participación de la comunidad en general y de los suscriptores y usuarios en
particular, en el desarrollo y en la supervisión de la prestación de los
servicios.
Ø
Divulgar
información sobre aspectos relativos a la prestación de los servicios y en
particular sobre los derechos y obligaciones de los suscriptores.
Ø
Participar
en las Mesa Técnicas Comunales, Parroquiales, Municipales o del nivel
territorial que se requiera a efecto de programar con los entes públicos encargados el
Desarrollo de los Servicios y los Programas y proyectos a ser ejecutados dentro
de la comunidad.
Ø
Promover
la investigación a fin de desarrollar tecnologías apropiadas y acordes con las características
y modalidades de gestión de los servicios a aplicar dentro de su comunidad.
Ø
Promover
un sistema de rescate y saneamiento de las cuencas, ríos y lagos de agua
potable, donde esta lo hubiera.
Ø
Promover
el uso racional y eficiente de los servicios
Ø
Conocer y
tratar sobre aspectos relativos al sistema tarifario y modificaciones o ajustes
de las tarifas en los servicios de agua potable, donde este lo requiera.
Ø
Interactuar
entre los Consejos Comunales Adyacentes y las Comunas en Construcción para
implementar y desarrollar la potencialidades y capacidades de la comunidad en: 1) el sistema de recuperación de del
ecosistema-hídrico, 2) uso racional y eficiente de la energía y 3) conservación
y mantenimiento del sistema de
distribución de gas.
MARCO LEGAL:
Ø
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
1999. Arts: 83, 84, 156 y 305.
Ø
Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de Desarrollo
Económico y Social de la Nación 2013 – 2019. Objetivos Históricos I, II y V.
Objetivos nacionales 2.1., 2.3., 2.5., 3.4., 5.1. Objetivos Estratégicos: 2.1.4,
2.3.3., 2.5.6., 3.4.1., 5.1.4. Objetivos
Generales: 2.1.4.8, 2.1.4.9., 2.3.3.2, 2.5.6.7., 3.4.1.4., 3.4.1.5., 5.1.4.1.
Ø Ley de Orgánica de Precios
Justos. 2013.
Ø Ley especial en defensa popular
contra el acaparamiento, la especulación, el boicot y cualquier otra conducta
que afecte el consumo de los alimentos o productos sometidos a control de
precios. G.O. N° 38.628, 16-02-2007.
ENLACES INSTITUCIONALES COMITÉ DE AGUA, ENERGÍA Y GAS:
HIDROCAPITAL
CORPOELEC
CORPOMIRANDA
Ministerio del Poder Popular para la Eneregía Eléctrica.
Fuentes
Documentales:
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV). 1999
Dirección General de Programas Formativos del Viceministerio de
Sistemas de Formación Comunal y Movimientos Sociales. Comités de Trabajo de los
Consejos Comunales. 2011.
Ley del Plan de la Patria. Segundo Plan
Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013 – 2019 (2013).
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